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Desestiman la denuncia de un ciclista que reclamó 20.587 euros por una caída

El juez considera que «asumió un riesgo» por no apearse del vehículo o adoptar una velocidad reducida ante el estado de la senda litoral

LAURA CASTRO

GIJÓN.

Jueves, 18 de enero 2018, 03:06

Evitar la caída estaba en manos del demandante. Esta es la conclusión a la que llegó el magistrado del juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1, Jorge Rubiera, ante la denuncia presentada por un ciclista que se cayó en agosto de 2014 en la «senda de Peñarrubia» y sufrió varias fracturas en el brazo derecho por las que pedía al Ayuntamiento una indemnización de 20.587 euros.

El demandante aseguró que el accidente se había producido por «el mal estado de la ruta que tenía un pavimento en el que faltaban piedras y que presentaba múltiples baches». Además, defendía que «no había señalización alguna que prohibiera el uso de la bicicleta» a lo largo de la senda litoral. Según recoge la sentencia, tras la caída producida cuando regresaba de La Providencia hacia el paseo del Muro, el ciclista debió ser trasladado en ambulancia al servicio de urgencias del hospital de Cabueñes, donde se le diagnosticaron varias fracturas. Entre ellas, una en el hueso escafoides, en la muñeca, y otra en el radio, ambas en el brazo derecho. Fue intervenido quirúrgicamente y permaneció ingresado en el hospital durante seis días, para posteriormente recibir tratamiento en rehabilitación durante algo más de siete meses. Aun así, cuando se reincorporó al trabajo en abril de 2015, todavía sufría dolores en la cadera a causa de la caída.

Señalización inexistente

«La ruta tiene un firme irregular no aconsejable para los ciclistas», dice un informe municipal Se rompió el radio y el escafoides y tardó siete meses en recuperarse de sus dolencias

Fueron precisamente el largo periodo de curación y las secuelas que aseguraba padecer todavía los motivos que le llevaron a presentar una demanda en julio de 2015 contra el Consistorio y una aseguradora en el juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Gijón. En ella, solicitaba una indemnización de 20.587 euros a razón de los seis días de ingreso, por valor de 431 euros, de los otros 239 días que pasó impedido, por 13.959 euros, y las secuelas, estimadas en 4.324 euros. La administración local solicitó entonces, sin éxito, que se desestimara la denuncia.

Durante el juicio se presentaron dos informes, uno del jefe de Servicio de Parques y Jardines y otro de la Policía Local. En el primero, se indicaba que «la senda de Peñarrubia tiene un firme de piedra irregular y, por tanto, no es recomendable realizarla en bicicleta» y se reconocía, también, que «a pesar de las continuas reparaciones, existen varios tramos con baches».

En el segundo informe, la Policía Local aseguró que se trata de una ruta en la que «está permitida la circulación de bicicletas» y añadió que «en muchos accesos la señalización es totalmente inexistente por lo que no existe ningún impedimento para el uso de estos vehículos».

Además de la documentación expuesta, durante el juicio prestaron declaración dos testigos. Uno de ellos, personal de la ambulancia que recogió y trasladó al ciclista al hospital, afirmó que el suelo «resbalaba», pero no pudo concretar en qué estado se encontraba el pavimento de la senda costera. En cambio, el otro testigo, caminante habitual de este paseo según recoge la sentencia, aseguró que «el firme estaba fatal, con muchas piedras sueltas y otras que faltaban». Asimismo, relató que el denunciante le adelantó «a velocidad normal» unos metros antes de sufrir la caída, que no pudo presenciar pero sí escuchar. En su declaración, agregó que «no había ninguna señal que indicara que la senda estuviese pendiente de algún tipo de reparación» el día en el que se produjo el accidente. El juez concluyó que no se podía imputar al Ayuntamiento la responsabilidad de la caída. La motivación principal del fallo es la «falta de pruebas, pues ninguno de los testigos presenció el momento del accidente y por tanto, tampoco pueden concluir cuál fue el motivo concreto o defecto que lo provocó».

«Falta de pruebas»

No obstante, el magistrado hizo especial mención a la falta de cautela del ciclista. «La senda presentaba anomalías manifiestas en los tramos anteriores al lugar de la caída por los que ya había pasado el demandante», por lo que el juez entiende que esta situación «obligaba al ciclista a mantener una velocidad extremadamente reducida e incluso a bajarse de la bicicleta». Unas medidas que no adoptó según manifestó uno de los testigos, quien aseguró que «iba a velocidad normal». El denunciante «asumió un riesgo que se materializó en la caída y no se puede desplazar, por tanto, la responsabilidad a la administración».

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