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Sede de Corporación Dermoestética en el edificio del Arango.
Condenan a una clínica a pagar 132.905 euros por una liposucción que salió mal

Condenan a una clínica a pagar 132.905 euros por una liposucción que salió mal

La paciente se sometió a una operación para quitar grasa de abdomen y muslos y pasó 537 días hospitalizada por una perforación de intestino que derivó en peritonitis

MARCOS MORO

Martes, 30 de septiembre 2014, 00:11

El Juzgado de Primera Instancia número 1 de Gijón acaba de estimar parcialmente la demanda formulada por F. G. D., una mujer de 70 años que pasó 537 días hospitalizada tras someterse a una liposucción contratada con Corporación Dermoestética. La sentencia condena a la clínica de estética y al cirujano que la operó, X. A. M., al pago solidario de 132.905 euros en concepto de indemnización.

El calvario médico de esta mujer se inició el 10 de octubre de 2011 cuando se sometió a una intervención para quitarse grasa de abdomen y muslos que se realizó en las instalaciones del Hospital Begoña. Contrató la operación con la clínica estética con sede en el antiguo Teatro Arango y para hacerle la liposucción se desplazó desde Barcelona el mencionado doctor.

Tres días después la paciente tuvo que ser ingresada en Urgencias en el Hospital de Cabueñes aquejada de una perforación del intestino delgado. Un problema médico que al no haber sido diagnosticado derivó en una peritonitis tóxica que casi le cuesta la vida y de la que tardó en curar 540 días. De ellos 537 (17 meses) fueron de ingreso hospitalario tanto en Cabueñes como en el Hospital Universitario Central de Asturias (HUCA). La fallida operación estética le costó 4.790 euros a la demandante, que ha sido defendida en este procedimiento por el letrado gijonés Pelayo Fernández Mijares.

Consentimiento informado

Además de los padecimientos sufridos, la mujer arrastra hoy en día secuelas como el síndrome de intestino corto con importante repercusión funcional, hipoacusia bilateral, deformidad abdominal con múltiples cicatrices, cicatriz de traqueotomía y necesidad de utilización de audífonos.

F. G. D. demandó a la clínica y al médico por negligencia y mala praxis en la liposucción, no valorar su realidad clínica tras la intervención y defecto en la información o consentimiento informado facilitado a la actora. El fallo da por acreditado que hubo negligencia tanto en la actuación médica propiamente dicha como en el postoperatorio

En los fundamentos jurídicos de la sentencia dictada por el juez Pablo Faustino de la Vallina se incide en que el paciente debe de ser informado con carácter previo a una intervención quirúrgica acerca de las opciones propias del caso.

La demandante acreditó que existían defectos en el consentimiento prestado porque en ningún momento ni la clínica estética ni el cirujano que la operó le informaron sobre la complicaciones y riesgos que podía conllevar la liposucción contratada para una mujer por aquel entonces de 67 años.

El magistrado evalúa los daños causados a la paciente y los cuantifica en 132.905 euros frente a los 200.000 que la mujer reclamaba.

Contra el fallo del juzgado gijonés cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial.

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