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Manuel Martín, Margarita García, Víctor Zapico, Guillermo Alfredo Honrubia y Ángel García Brugos, durante una de las sesiones del juicio celebrado en 2014.
Anulada la sentencia de Mina La Camocha por «evidente falta de imparcialidad» de la jueza

Anulada la sentencia de Mina La Camocha por «evidente falta de imparcialidad» de la jueza

Los cinco condenados habían recurrido el fallo de un juicio que ahora la Audiencia Provincial obliga a repetir, tras «constatar que la juzgadora se extralimitó»

AIDA COLLADO

Sábado, 25 de junio 2016, 04:01

La sección número 8 de la Audiencia Provincial ha anulado el juicio de Mina La Camocha -en el que fueron condenados cinco acusados de desviar 16 millones de euros en ayudas al carbón- por «una evidente falta de imparcialidad de la jueza», según recoge la sentencia. En noviembre de 2014, la magistrada Rosario Hevia declaró culpables de tres delitos contra la Hacienda Pública en su modalidad de fraude de subvenciones al exconsejero de Industria y apoderado de la mina, Víctor Zapico; el entonces presidente de la explotación, Manuel Martín; la máxima responsable de la contabilidad de la empresa, Margarita García; el apoderado de Hullas Coto Quirós y Trabajos y Explotaciones (las otras dos compañías implicadas), Guillermo Honrubia, y el administrador único de Hullas Coto Quirós, Ángel Manuel García Brugos. Para cada uno de ellos ordenó 9 años de cárcel y 16 millones de multa, en un fallo que ahora deja sin efecto la Audiencia, al considerar que Hevia, durante su interrogatorio prolongado a los acusados y a algunos testigos, «no se limitó a solicitar aclaraciones sobre puntos concretos que no hubiesen sido expuestos con la suficiente claridad». Al contrario: «Su posición activa y parcial, no dejando concluir a los testigos, adelantando el contenido de las respuestas e interpretando otro material probatorio de acuerdo con un juicio previamente formado, es reveladora de la falta de imparcialidad», asevera la sentencia, que no será notificada oficialmente a los cinco interesados hasta el lunes.

La Audiencia sostiene su decisión en las grabaciones audiovisuales del juicio que, en su opinión, permiten «constatar que la juzgadora se extralimitó en su función de dirigir los debates, revelando el contenido de las preguntas formuladas, así como las valoraciones hechas con ocasión de los interrogatorios, una previa toma de posición con respecto al objeto de enjuiciamiento, incompatible con la debida imparcialidad que ha de presidir su función».

Al asumir que estas pruebas denotan «una evidente falta de imparcialidad» de la jueza, la Audiencia declara la nulidad del juicio celebrado, sentencia recaída y actuaciones subsiguientes con declaración de oficio de las costas judiciales ocasionadas en ambas instancias, devolviendo las actuaciones al juzgado de procedencia para que se celebre un nuevo juicio «por distinto juzgador y con estricto cumplimiento de todas las formalidades legales». De este modo, no hace falta estudiar los demás objetos de recurso.

La investigación de la trama de Mina La Camocha fue impulsada por la Fiscalía Anticorrupción, después de que la Guardia Civil de Gijón detectase el movimiento sospechoso de numerosos camiones con carbón importado desde el puerto de El Musel a la mina, para -supuestamente- hacerlo pasar por mineral propio y vendérselo a las centrales térmicas como carbón nacional, lo que le permitía cobrar las subvenciones europeas.

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