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C. DEL RÍO
Martes, 9 de mayo 2017, 03:56
La conductora que el 19 de diciembre de 2014 invadió el carril contrario cuando conducía por la carretera que une San Juan de la Arena y Soto del Barco y provocó una violenta colisión frontal en la que murió el ocupante del vehículo contrario ha sido condenada a dieciocho meses de retirada del carné de conducir y al pago de una multa de 450 euros. La sentencia del Juzgado de lo Penal número 1, comunicada ayer a las partes, se adhiere así a lo sostenido por su defensa, ejercida por el abogado David Fernández Suárez, que sostuvo que el accidente había sido un «hecho desgraciado».
La jueza señala en la sentencia que la velocidad de la conductora, H. M. V. D., no excedía los límites de la vía y que toda la prueba documental y testifical permite concluir que circulaba a una velocidad que oscilaba entre los 38 y los 50 kilómetros por hora, que había buena visibilidad, buen tiempo y las condiciones dela vía eran óptimas. La causa directa del accidente fue «una distracción momentánea». Cree, además, que la antigüedad del vehículo, un Seat 600, fue un factor fundamental en la muerte del conductor, José Luis Pinto, vecino de Piedras Blancas, de 56 años. En este sentido, recupera la declaración del agente de la Guardia Civil, que «añadió que si el turismo hubiera sido un vehículo moderno, la consecuencia no habría sido la misma».
La sentencia recoge las circunstancias personales de la mujer, como que se encontraba a tratamiento para la depresión tras la reciente muerte del marido y la minusvalía de su hijo autista. «La medicación tal vez pudo influir en la distracción», señala.
La fiscal había rebajado la petición de pena tras la vista oral de un año de cárcel, tres de retirada del carnet y 250.000 euros de indemnización a dieciocho meses sin conducir y una multa de seis meses, a seis euros al día. La acusación particular solicitaba dos años de cárcel y cuatro de retirada del carnet por una «imprudencia grave».
Para la jueza es, sin embargo, una «infracción menos grave». En este mismo sentido se había manifestado con anterioridad el Juzgado de Instrucción de Pravia, decisión que la familia recurrió ante la Audiencia Provincial, órgano que decretó finalmente una imprudencia menos grave. Como ahora el Penal de Avilés.
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