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Domingo, 19 de febrero 2017, 01:12
Los pacientes que ante una demora elevada en su hospital rechacen ser operados o atendidos en un centro alternativo perderán el derecho a reclamar. Es decir, dejarán de contar con la garantía del tiempo máximo que el Servicio de Salud establecerá para un conjunto de prestaciones. Los enfermos, tal y como precisó días atrás el consejero de Sanidad, Francisco del Busto, continuarán en lista de espera pero ya no podrán demandar al Sespa por su excesiva espera. Con todo, los pacientes tendrán también obligaciones que cumplir. Entre ellas, la de mantener actualizados los datos sobre teléfono, domicilio y correo electrónico a los efectos de llamamiento, notificación o localización por parte del Servicio de Salud del Principado. Cuando el enfermo no pueda asistir a algún de sus citas tendrá que justificarlo. El decreto sobre tiempos máximos de espera incluye como novedad la creación de un órgano de participación. Su inclusión fue otra de las peticiones cursadas por la Plataforma para la Defensa de la Sanidad Pública. Sin embargo, dicho colectivo no está conforme con el formato escogido por el Sespa «ya que ha creado un órgano que no tiene competencia alguna y que es un mero elemento decorativo».
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