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JOSE. A. GARCÍA, ELCOMERCIO.es
Jueves, 8 de mayo 2014, 23:38
El portavoz de IU en el Parlamento asturiano, Ángel González, ha descartado dimitir como diputado tras ser condenado a siete años de inhabilitación por un delito de prevaricación por una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA). Ángel González ha asegurado hoy que "todo se trata de una caza de brujas y una persecución política". Aunque evitó concretar quién está detrás de esa supuesta "caza de brujas"
González ha defendido su inocencia y ha anunciado que se va a mantener como diputado y que presentará un recurso ante el Tribunal Supremo. "hasta que la sentencia no sea firme no voy a dejar el cargo", aseguró.
Por otro lado, advirtió era llamativo el hecho de que la que sentencia llegue el día que comienza la campaña electoral a las elecciones europeas, "las cosas no ocurren por causalidad", sentenció González.
La sentencia
Ángel González, ha sido condenado a siete años de inhabilitación por la sala Civil del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, por un delito de prevaricación administrativa en relación a la contratación de monolitos para la memoria histórica en su etapa de viceconsejero de Bienestar Social. En la sentencia también se sanciona con la misma pena a Roberto Moro Tella, secretario general técnico de la Consejería en aquel momento. Contra esta sentencia cabe interponer un recurso de apelación en el plazo de diez días que Ángel González interpodrá, según ha declarado hoy.
El fallo establece que la condena "implica la pérdida de su condición de diputado electo en la Junta General del Principado de Asturias, así como la posibilidad de concurrir a ningún tipo de elección o ser nombrado para puesto representativo o ejecutivo o gestor por una autoridad pública por dicho periodo, si bien no la pérdida de sus condición de funcionario si la tuviera".
El TSJA considera probado que González, como autor directo en su etapa de viceconsejero de Bienestar Social, y Moro, como cooperador necesario, son responsables del delito por el fraccionamiento ilegal, en el año 2010, de contratos para instalar monolitos que señalizaran las fosas comunes de las víctimas del franquismo en cumplimiento de la Ley de Memoria Histórica.
La sentencia de la Sala Civil y Penal, de la que es ponente el propio presidente del Alto Tribunal, Ignacio Vidau, impone para ambos la pena mínima para un delito de prevaricación, de acuerdo a la petición realizada por el Ministerio Fiscal, que denunció los hechos en febrero de 2013. En su escrito de conclusiones definitivas, el Ministerio Público había calificado de "barbaridad jurídica" la tramitación realizada con el contrato en el que tanto la Sindicatura como el Tribunal de Cuentas advirtieron indicios de delito al vulnerarse "todos los principios" de la contratación pública.
Así fueron los hechos
La sentencia relata que González convocó en la sede de la Consejería al administrador de la sociedad New Construction, dedicada a la elaboración de hitos, al que se le encargó un presupuesto para adjudicar un contrato menor de obras y también se le solicitó que aportase presupuestos de otras dos empresas. Según el fallo, esta solicitud se hizo para dar "cobertura legal" a la exigencia interna de presentar tres presupuestos y así proceder a la posterior adjudicación por el procedimiento de contratación menor de obra. El administrador de 'New Construction' entregó un presupuesto propio por importe de 49.856 euros, así como el de otras dos empresas por 49.989,97 euros y 58.000 euros.
La sentencia señala que la entonces jefa de servicio de la Consejería de Bienestar Social, Mónica M.A., una vez estudiado los presupuestos, informó a Roberto Moro que el tipo contractual debería ser el de contrato de suministro a tramitar por procedimiento negociado, a lo que éste en un principio accedió.
No obstante, según el apartado de hechos probados, González acudió al día siguiente al despacho de la jefa de servicio y le manifestó que "resultaba imposible tramitarlo por el procedimiento negociado porque se retrasaría y necesitaba hacerlo con carácter urgente". La jefa de servicio le advirtió de que no podía hacerse como contrato menor de obras porque era un suministro, y el contrato menor de suministro tenía un límite máximo de 18.000 euros. Mónica M.A. optó finalmente por renunciar a la tramitación ante la insistencia de Ángel González y Roberto Moro, quien finalmente, de acuerdo a la petición del viceconsejero, encargó a otro funcionario la realización de tres contratos menores de suministro.
Según el Tribunal, "la contratación se produjo en la forma querida por el viceconsejero, mediante una tramitación interna que contradice tanto las normas internas de la Consejería como la normativa vigente en materia de contratación pública y que concluyó con un fraccionamiento ilegal de un contrato en menos de 15 días". Añade que esta contratación "únicamente se produjo por la arbitrariedad de la decisión del cargo político y la colaboración del secretario general técnico en contra del criterio técnico expreso de la funcionaria responsable en materia de contratación".
El fallo subraya que está "plenamente acreditado" que Ángel González "era plenamente conocedor de la arbitrariedad que suponía el fraccionamiento realizado", al ser "expresamente advertido" por la funcionaria, y señala que lo pudo hacer "al contar con la aquiescencia y el respaldo" de Roberto Moro.
El juicio
Durante el juicio, González, que se negó a contestar a las preguntas del fiscal, negó haber intervenido en el sistema de contratación de los monolitos ni haber mantenido una conversación con una funcionaria de la Consejería en la que, según el testimonio de ésta, fue advertido de que el sistema de tramitación que proponía para el contrato suponía incurrir en un fraccionamiento ilegal. Según la Fiscalía, el entonces viceconsejero "antepuso la urgencia en la necesidad de la contratación" al modo de hacerlo y las propias empresas que optaron a la adjudicación admitieron que "jamás" habían concurrido a una licitación "de esa forma".
Por su parte, la abogada del portavoz de IU, Ana García Boto, había solicitado la absolución de su defendido y la nulidad de las actuaciones seguidas por el TSJA al considerar vulnerado el derecho de defensa y la tutela judicial efectiva de González. Según la letrada, tanto los acusados como los dos funcionarios en cuyo testimonio basaba su acusación la Fiscalía deberían haber tenido la misma situación procesal dado que los dos empleados públicos sólo fueron citados como testigos tanto en la instrucción como en la vista oral con lo que su defendido "no ha tenido un juicio justo".
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